Decreto No 8.587 12 de noviembre de 2011 HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficiencia económico-política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, basado en la premisa de crear las condiciones de bienestar, morales, éticas y materiales que hagan posible el logro de la mayor suma de felicidad posible para todo el colectivo nacional, por mandato del pueblo, y en ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 10 del artículo 236 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 46 y 88 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en Consejo de Ministros. DECRETA el siguiente, REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA REGULARIZACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto del Reglamento Artículo 1o. Este reglamento tiene por objeto regular, desa...
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