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Mostrando entradas de septiembre, 2011

Que pueden hacer los copropietarios cuando la junta de condominio o el administrador se niegan a convocar o dejen de convocar a una asamblea de copropietarios

La asamblea de copropietarios es la reunión por la cual se alimenta y sostiene el universo de condóminos, pues sin estas reuniones no es posible el sostenimiento de la comunidad de propietarios. Las Asambleas, tanto ordinarias o extraordinarias son de orden obligatorio para que los condóminos diriman cualquier asunto de interés, es por ello que cuando los mandatarios encargados de la administración se niegan a convocarla, aún cuando los copropietarios soliciten su materialización, para de esta manera resguardar los derechos propietariales, y aún así la junta de condominio o el administrador se niegan, pues en muchas ocasiones y muy frecuentemente se hacen de un poder omnímodo y se realizan de este modo actos temerarios por parte de estos mandatarios, desconociendo la majestad de la comunidad, en estos casos nuestro legislador de manera sabia previniendo actos contumaces por parte de los citados mandatarios que limiten o menoscaben derechos consagrados, les proveyó a los copropietar

Normas, requisitos y documentación, para el otorgamiento de créditos para adquisición de vivienda principal

En Gaceta Oficial Nº 39.762 del 21 de septiembre de 2011 se publicó Resolución N° 103, de fecha 19 de julio de 2011, la misma contiene normas para el otorgamiento de créditos referidos a la adquisición de vivienda principal Normas, requisitos y documentación, para el otorgamiento de créditos para adquisición de vivienda principal. 1.- OBJETIVO Las normas para el otorgamiento de créditos para la adquisición de Vivienda principal con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV), Fondo de Aportes del Sector Público (FASP), recursos propios de las Instituciones Financieras, y recursos de los fondos que al efecto cree el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, tiene como objetivo fundamental facilitar a las familias el derecho a una vivienda y hábitat dignos, estableciendo lineamientos para los operadores financieros y simplificando los requisitos y recaudos necesarios para acceder al sistema,

LEY PARA LA REGULARIZACIÓN Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDAS

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA: LEY PARA LA REGULARIZACIÓN Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDAS TÍTULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES CAPÍTULO I DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Objeto Artículo 1°. La presente Ley establece el régimen jurídico aplicable al arrendamiento y subarrendamiento de los inmuebles urbanos y suburbanos destinados a vivienda, habitación y pensión ya sean arrendados o subarrendados totalmente o por partes. Principios Artículo 2°. La Presente Ley es de carácter estratégico y de servicio público no lucrativo de acuerdo a los principios constitucionales de justicia social, igualdad, equidad, solidaridad, corresponsabilidad, progresividad, transparencia, sostenibilidad y participación, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral, la consolidación de la familia y la comunidad. Declaratoria de Interés Público Artículo 3° Se declara de interés público general, social y colectivo toda